Secretarías de Educación tienen plazo hasta el 1 de noviembre para expedir los calendarios escolares de 2027
El Ministerio de Educación Nacional recordó que las secretarías de Educación de las entidades territoriales certificadas deben expedir, antes del 1 de noviembre de 2026, los calendarios académicos de 2027 para los establecimientos educativos que funcionan bajo el calendario A.
La disposición está contemplada en la Circular 052 de octubre de 2026, que establece orientaciones para la organización de las semanas de clase, los recesos escolares y la continuidad educativa ante emergencias.
Según el documento, el calendario académico debe incluir 40 semanas de trabajo académico para docentes y directivos docentes, cinco semanas de desarrollo institucional y siete semanas de vacaciones. Para los estudiantes, contempla 40 semanas de clases y 12 semanas de receso escolar, incluida la semana de octubre prevista en la normativa vigente.
La circular también establece pautas para responder ante emergencias climáticas, fenómenos naturales, situaciones de orden público y desplazamientos forzados que puedan afectar la prestación del servicio educativo. En estos casos, las entidades territoriales podrán adoptar medidas extraordinarias y temporales para priorizar la seguridad y garantizar la continuidad de las trayectorias educativas.
Para los establecimientos que funcionan con calendario B, el plazo para expedir el calendario académico es antes del 1 de julio de cada año.
Las familias y comunidades educativas pueden consultar la Circular 052 de 2026 y la información sobre matrículas para 2027 en el portal oficial del Ministerio de Educación Nacional.
📄 Circular 052 de 2026: https://www.mineducacion.gov.co/1780/articles-431057_circular_052_2026.pdf
🔗 Matrículas 2027: https://www.mineducacion.gov.co/portal/micrositios-preescolar-basica-y-media/Matriculas-2027/








































