La Secretaría de Educación de Antioquia expidió la Resolución S 2026061010032, que establece la organización del año escolar para los establecimientos educativos oficiales de los municipios no certificados del departamento. El calendario contempla 40 semanas de trabajo académico, cinco de desarrollo institucional y 12 de receso estudiantil.
La Secretaría de Educación de Antioquia estableció el calendario académico para el año 2027 mediante la Resolución S 2026061010032, fechada el 30 de octubre de 2026. La disposición está dirigida a los establecimientos educativos oficiales de los municipios no certificados del departamento que ofrecen educación en los niveles de preescolar, básica, media y educación de adultos.
De acuerdo con el cronograma, las actividades académicas con estudiantes comenzarán el 18 de enero de 2027 y finalizarán el 28 de noviembre del mismo año. Durante este periodo se deberán cumplir 40 semanas de trabajo académico, distribuidas en dos periodos semestrales, con posibilidad de organizar los periodos de clase de otra manera, siempre que se respeten las condiciones establecidas en la resolución.
En cuanto a las semanas de desarrollo institucional, la Secretaría fijó cinco jornadas durante el año: del 11 al 17 de enero; del 22 al 28 de marzo; del 14 al 20 de junio; del 11 al 17 de octubre, y del 29 de noviembre al 5 de diciembre. Estos espacios estarán destinados a actividades como la revisión y actualización del Proyecto Educativo Institucional (PEI), el seguimiento al plan de estudios, la evaluación institucional y la actualización pedagógica.
La resolución también establece 12 semanas de receso para los estudiantes, distribuidas en cinco periodos: del 21 de diciembre de 2026 al 17 de enero de 2027; del 22 al 28 de marzo; del 14 de junio al 4 de julio; del 11 al 17 de octubre, y del 29 de noviembre al 19 de diciembre de 2027.
Por su parte, los docentes y directivos docentes tendrán siete semanas de vacaciones: tres semanas entre el 21 de diciembre de 2026 y el 10 de enero de 2027; dos semanas del 21 de junio al 4 de julio, y otras dos semanas del 6 al 19 de diciembre de 2027.
Uno de los aspectos importantes de la disposición es que los rectores y directores de los establecimientos educativos oficiales deberán organizar el calendario académico institucional y presentarlo al respectivo director de núcleo para su verificación y aprobación antes del 13 de noviembre de 2026. Además, deberán remitir informes sobre su cumplimiento al finalizar cada periodo semestral.
La resolución también precisa que los rectores, directores, consejos directivos y autoridades municipales no tienen competencia para modificar por cuenta propia la distribución de los días establecidos en el calendario académico ni para autorizar reposición de clases por jornadas no trabajadas debido a ceses de actividades. Los ajustes por situaciones de orden público, fuerza mayor o caso fortuito deberán ser tramitados ante la Secretaría de Educación de Antioquia, mediante solicitud debidamente motivada.
Con esta disposición, los establecimientos educativos oficiales de los municipios no certificados de Antioquia cuentan con la programación general para organizar sus actividades durante 2027. Su aplicación deberá garantizar las 40 semanas de trabajo académico con los estudiantes y el cumplimiento de las jornadas institucionales previstas.








































