📺 CANAL TV 📺

Android
iPhone
Windows

Por: César Asprilla «El Maestro»

El Programa de Alimentación Escolar (PAE) constituye una de las estrategias más importantes para garantizar la permanencia de los estudiantes en el sistema educativo oficial y contribuir a su bienestar durante la jornada escolar. Sin embargo, alrededor de su funcionamiento persisten dudas relacionadas con los beneficiarios, el manejo de los alimentos, las responsabilidades de los directivos docentes y el papel de la comunidad educativa en la vigilancia de los recursos públicos.

De acuerdo con la Resolución No. 0003 del 7 de enero de 2026 y los Lineamientos Técnicos y Administrativos vigentes, el objetivo principal del programa es brindar un complemento alimentario a los estudiantes matriculados en el sistema educativo oficial, desde el nivel preescolar hasta la educación media. La normativa es clara al establecer que los beneficiarios directos son las niñas, niños, adolescentes y jóvenes matriculados, mientras que los docentes y directivos cumplen funciones de acompañamiento, supervisión y seguimiento, pero no son beneficiarios de los alimentos suministrados por el programa.

PROFIN
Google search engine

Otro aspecto fundamental tiene que ver con el lugar donde deben consumirse los alimentos. En la modalidad denominada “Preparada en Sitio”, los productos deben almacenarse, prepararse y consumirse dentro de la institución educativa. La posibilidad de llevar alimentos fuera de la sede escolar solamente puede darse en situaciones excepcionales previamente definidas por la entidad territorial competente, como algunas salidas pedagógicas o circunstancias especiales que afecten la normal prestación del servicio. Por su parte, la modalidad “Canasta PAE en Casa” está destinada exclusivamente a los estudiantes cuando se presentan emergencias, situaciones de fuerza mayor que obliguen a suspender las clases presenciales o durante determinados períodos de receso escolar en zonas priorizadas.

La normativa también establece responsabilidades específicas para los rectores de las instituciones educativas. Entre ellas se encuentran garantizar los espacios y condiciones necesarias para la prestación del servicio, verificar y certificar la entrega de los complementos alimentarios a los estudiantes y promover la conformación del Comité de Alimentación Escolar (CAE) durante el primer bimestre de cada año. Este comité es considerado una herramienta fundamental para fortalecer la transparencia y la participación de la comunidad educativa en el seguimiento del programa.

En cuanto a los docentes, especialmente aquellos que hacen parte del CAE, su papel se centra en el seguimiento técnico y pedagógico del programa. Deben contribuir a la vigilancia del cumplimiento de los menús, verificar la oportunidad en la prestación del servicio, canalizar inquietudes de la comunidad educativa y reportar cualquier irregularidad a las autoridades competentes. Además, tienen la responsabilidad de promover hábitos de alimentación saludable a través de los proyectos pedagógicos y del Proyecto Educativo Institucional (PEI).

La Resolución también destaca la importancia del control social como mecanismo para proteger los recursos públicos destinados a la alimentación escolar. El Comité de Alimentación Escolar debe verificar el adecuado manejo de los excedentes o sobrantes, prevenir desperdicios y promover que los recursos sean utilizados exclusivamente para los fines establecidos por la ley. Asimismo, estudiantes, padres de familia, docentes y demás integrantes de la comunidad educativa tienen el deber de informar cualquier situación que pueda afectar la correcta ejecución del programa.

Conocer estos lineamientos permite a los docentes ejercer de manera más efectiva sus funciones de acompañamiento y vigilancia, fortaleciendo la transparencia en la gestión del PAE y garantizando que los recursos destinados a la alimentación escolar cumplan su verdadero propósito: contribuir al bienestar, la permanencia y el desarrollo integral de los estudiantes.

Referencia: Resolución No. 0003 del 07 de enero 2026

1. Objetivo y Beneficiarios: ¿Para quién es el alimento?

Según el Artículo 2, el objetivo del programa es garantizar el bienestar y la permanencia de los estudiantes registrados en el sistema educativo oficial (desde preescolar hasta media).

  • Población beneficiaria: El servicio está destinado exclusivamente a niñas, niños, adolescentes y jóvenes.
  • Docentes y Directivos: La normativa define sus roles como facilitadores, supervisores o acompañantes pedagógicos, pero no los incluye como beneficiarios del complemento alimentario.

2. Lugar de Consumo: ¿Se pueden llevar los alimentos a casa?

La Resolución establece reglas estrictas sobre dónde deben consumirse los alimentos:

  • Regla de Consumo en Sitio: Bajo la modalidad de «Preparada en Sitio», tanto el almacenamiento como la preparación y el consumo de los alimentos deben realizarse directamente en las instalaciones de la sede educativa.
  • Excepciones para fuera de la sede: Solo se permite el consumo fuera de la institución en situaciones excepcionales (como salidas pedagógicas o paros) siempre que hayan sido determinadas previamente en la etapa de planeación por la Entidad Territorial.
  • Modalidad «Canasta PAE en Casa»: Esta es la única modalidad diseñada para el consumo en el hogar y se aplica exclusivamente para los estudiantes en casos de emergencias, fuerza mayor que suspenda las clases presenciales, o durante los recesos estudiantiles (vacaciones) en zonas priorizadas. Estas canastas deben ser recibidas por los padres o cuidadores.

3. Responsabilidades del Rector(a)

El rector tiene un rol de gestión y garantía de legalidad:

  • Asegurar la logística: Debe garantizar que existan los espacios físicos y condiciones adecuadas para la prestación del servicio.
  • Certificación: Es responsable de verificar y certificar la entrega de los complementos a los estudiantes.
  • Conformación del CAE: Debe promover la creación del Comité de Alimentación Escolar (CAE) durante el primer bimestre del año.
  • Transparencia: En el CAE, el rector tiene voz pero no voto, pues actúa como el verificador de la Entidad Territorial y no debe ser «juez y parte» en la vigilancia del programa.

4. Responsabilidades de los Docentes (Delegados en el CAE)

Los docentes tienen una función técnica y pedagógica:

  • Seguimiento y Vigilancia: Deben realizar el seguimiento al programa y canalizar las comunicaciones entre los actores del PAE y la comunidad.
  • Control Social: Deben vigilar el adecuado funcionamiento del PAE (oportunidad, cumplimiento de menús) y reportar de inmediato cualquier irregularidad o preocupación al rector o a la Entidad Territorial.
  • Educación Alimentaria: Deben integrar hábitos saludables en el Proyecto Educativo Institucional (PEI).

5. Importancia del Control Social y el CAE

La resolución enfatiza que el Comité de Alimentación Escolar (CAE) es el espacio oficial para velar por el buen uso de los recursos. Entre sus funciones está:

  • Verificar el manejo de excedentes: El CAE debe verificar que se siga el procedimiento de la Entidad Territorial para los sobrantes, con el fin de evitar desperdicios y asegurar un buen uso de los recursos públicos.
  • Informar irregularidades: Los estudiantes y otros actores tienen el deber de informar cualquier situación anómala en la prestación del servicio.

En pocas palabras, el PAE es un programa de permanencia escolar donde el alimento está destinado estrictamente al estudiante y, salvo emergencias o recesos, debe ser consumido dentro del entorno educativo bajo la supervisión administrativa del rector y el acompañamiento pedagógico de los docentes.

Apreciados colegas, como miembros de la comunidad educativa, tenemos la responsabilidad de velar porque el Programa de Alimentación Escolar llegue de manera oportuna y adecuada a nuestros estudiantes, quienes son los verdaderos beneficiarios de estos recursos. Los alimentos suministrados a través del PAE están destinados exclusivamente a nuestros niños, niñas y jóvenes, por lo que es nuestro deber actuar con responsabilidad, transparencia y apego a la normatividad vigente.

Los invito a continuar fortaleciendo las buenas prácticas en el manejo del programa, evitando situaciones que puedan comprometer el cumplimiento de sus objetivos o generar observaciones sobre su adecuada ejecución. Recordemos que nuestra labor docente tiene sentido en razón de nuestros estudiantes y que todas nuestras actuaciones deben estar orientadas a garantizar su bienestar y permanencia en el sistema educativo.

PUBLICA CON NOSOTROS
Google search engine

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí