La Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-025 de 2004 de la Corte Constitucional puso la lupa sobre las dificultades registradas durante 2026 en la operación y entrega de los giros de atención humanitaria destinados a víctimas de desplazamiento forzado.
Según el informe de la Contraloría General de la República conocido por la Sala, al 30 de junio de 2026 se habían colocado 246.668 giros. De estos, 198.588 habían sido pagados, 21.907 reintegrados y 26.173 permanecían vigentes.
La Contraloría identificó dificultades relacionadas con la cobertura territorial, disponibilidad de efectivo, conectividad, cargue de beneficiarios, bloqueos, validación de identidad, reintegros, trazabilidad y conciliación de los giros. También fueron señaladas situaciones relacionadas con pagos parciales o incompletos.
La Contraloría aclara que aún no hay hallazgo fiscal
Un punto importante del informe es que las situaciones identificadas no constituyen por sí mismas un hallazgo fiscal, daño patrimonial ni una determinación de responsabilidad fiscal.
Sin embargo, la Contraloría Delegada para el Posconflicto consideró que existen elementos objetivos que justifican evaluar posibles actuaciones de vigilancia y control fiscal relacionadas con la gestión contractual y financiera del Contrato Interadministrativo 2064 de 2026.
Por esta razón, la información fue remitida a la Contraloría Delegada para el Sector Inclusión Social, dependencia competente para ejercer vigilancia y control fiscal sobre la UARIV, con el propósito de que determine si corresponde adelantar actuaciones dentro de sus competencias.
Corte Constitucional pide conocer los resultados
A través del Auto 1206 de 2026, la Sala Especial solicitó a la Contraloría Delegada para el Sector Inclusión Social informar sobre las gestiones adelantadas frente a los hechos reportados.
La Corte también pidió que, una vez concluida la evaluación o actuación correspondiente, se comuniquen las decisiones adoptadas y los resultados obtenidos, incluyendo, si llegaran a establecerse, posibles hallazgos fiscales, irregularidades o anomalías y sus consecuencias.
La Sala continuará haciendo seguimiento a la situación dentro del proceso de cumplimiento de la Sentencia T-025 de 2004, que declaró un Estado de Cosas Inconstitucional relacionado con la situación de la población víctima de desplazamiento forzado.
El objetivo, según la Corte, es verificar que las dificultades identificadas sean atendidas y que los mecanismos de atención permitan garantizar de manera efectiva, oportuna y digna el derecho a la subsistencia mínima de esta población.
Fuente: Corte Constitucional de Colombia, Boletín No. 160 y Auto 1206 de 2026.









































